A fi rmó, por consiguiente, que en el estado de naturaleza existía una ley natural, coincidente con la recta razón, que prescribe el reconocimiento de la libertad de los demás y, por lo tanto, prohíbe perjudicarles en su vida, su salud, su libertad o su propiedad.
Dios prohíbe que lo odiemos, pero podría mandarnos que lo odiáramos, en cuyo caso le agradaríamos y actuaríamos bien.
El hombre realiza actos buenos si su voluntad libre obedece lo que manda o prohíbe la voluntad de Dios; en caso contrario, sus actos serán malos.
La ley (del latín lex, legis ) es un precepto establecido por la autoridad competente, con el que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia.
Ley eterna: concepto que introdujo Agustín de Hipona, que lo define como «la razón divina o voluntad de Dios que manda conservar el orden natural y prohíbe quebrantarlo».
Por ejemplo, se prohíbe la violencia o los partidos antidemocráticos porque van en contra de estos principios.
Por eso, cuando en el mar hay «marea roja», se prohíbe el consumo de bivalvos, ya que en su interior se acumulan algas rojas dinoflageladas, que son tóxicas.
Su monoteísmo prohíbe acudir a los santos, a amuletos, a la superstición, etc.: no hay nada más que Alá.
Su monoteísmo prohíbe acudir a los santos, a amuletos, a la superstición…: no hay nada más que Alá.
Un poco más tarde, san Agustín de Hipona distinguió entre las nociones de ley eterna, ley natural y ley positiva: La ley eterna es la razón divina, la voluntad de Dios que manda conservar el orden natural y prohíbe perturbarlo.
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