Cuando los tribunales eclesiásticos declaran la nulidad de un matrimonio, manifiestan que, aunque esa unión tuviera la apariencia de matrimonio, nunca lo hubo.
La nulidad matrimonial La Iglesia puede declarar jurídicamente nulas las uniones que, en su origen, no tuvieron los requisitos indispensables para su validez.
Por tanto, no anulan un matrimonio, sino que declaran su nulidad.
Volcándose sobre su existencia, el ser humano se percata de la nulidad de esta, de su fi nitud.
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