De aquí se deduce que ni los actos virtuosos pueden ser contrarios a la ley natural ni los mandatos de la ley natural son opuestos a la virtud.
Es auténtica libertad moral, por encima de la natural, porque con ella el hombre solo obedece los mandatos de la voluntad general, que es la ley que se dicta a sí mismo.
Es desinteresada, pues solo se obedecen estos mandatos por el deber moral de obrar bien.
La ética formal presenta las características siguientes: Es a priori, porque los mandatos morales se derivan solo de la razón.
La ley moral es universal y racional, no porque consista en un conjunto de mandatos (algo material), ya que estos provienen de la experiencia, sino en la legitimidad en general (algo a priori, formal), que sí puede ser un principio objetivo para la acción.
La mayoría de los sistemas éticos —incluido el de Locke— habían fundado los mandatos morales en la recta razón y extraían del ser o de la naturaleza humana lo que se debe hacer.
Negar a Dios podría suponer una mayor autonomía del sujeto: ya no se reciben mandatos desde fuera y se puede afirmar que se ha comenzado a vivir una vida adulta.
Se somete mansamente a los mandatos de la ley moral, es decir, a Dios.
Sus mandatos carecen de validez universal, al no buscarse por el deber mismo.
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