A partir de ellos, se puede definir como el pueblo que se asienta en un territorio determinado y organizado jurídicamente, que ejerce su soberanía en el interior y frente al exterior para el bien común de los ciudadanos.
Jurídicamente, los libertos, a pesar de ser libres, eran ciudadanos incompletos, ya que continuaban ligados como clientes a la familia de sus antiguos amos y no tenían derechos políticos.
La nulidad matrimonial La Iglesia puede declarar jurídicamente nulas las uniones que, en su origen, no tuvieron los requisitos indispensables para su validez.
La sociedad ya no se divide en estamentos cerrados, de fi nidos jurídicamente y con derechos y obligaciones diferentes.
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