El derecho de gentes es el reconocimiento de una norma no escrita —también se ha llamado derecho natural — por la que se declaran inviolables diversos principios relacionados con el modo de ser de la naturaleza humana.
Es una constante en la predicación de la Iglesia la referencia a la ley natural, la afirmación de que todo hombre es persona y de que tiene, por sí mismo, derechos y deberes que dimanan inmediatamente y al mismo tiempo de su propia naturaleza y que son, por ello, universales e inviolables, y a los que no se puede renunciar.
La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
Los derechos fundamentales de la persona son inviolables y vinculan a todos los órganos del Estado.
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