En caso de divorcio, el marido tenía que devolver la dote recibida al padre de la esposa.
En caso de divorcio, la esposa se llevaba sus cosas y la dote y volvía a casa de su padre.
En ese contrato se fijaba la dote que el padre de la novia tenía que entregar al novio.
Si la mujer cometía adulterio, era incluso obligatorio para evitar la infamia, y no había que cumplir ninguna formalidad; el marido solo tenía que devolver a la mujer a la casa de donde procedía, con la dote que había aportado al matrimonio.
Si la mujer había cometido adulterio, el marido se podía quedar con la dote.
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