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220 oraciones y frases con derechos

Las oraciones con derechos que te presentamos a continuación te ayudarán a entender cómo debes usar derechos en una frase. Se trata de ejemplos con derechos gramaticalmente correctos que fueron redactados por expertos. Para saber cómo usar derechos en una frase, lee los ejemplos que te sugerimos e intenta crear una oración.
  • ¿Cómo garantizar la vigencia de los derechos humanos en cualquier lugar del mundo?

  • ¿Cuál es el fundamento de los derechos humanos?

  • ¿Por qué? Piensa en situaciones actuales en las que se estén violando los derechos humanos.

  • ¿Qué derechos humanos puedes practicar en la convivencia en tu centro escolar?

  • ¿Qué son los derechos humanos? ¿Quién y cuándo se aprobaron?

  • «Así resulta también manifiesto que la ciudad que verdaderamente lo es, y no solo de nombre, debe preocuparse de la virtud; porque, si no, la comunidad se convierte en una alianza que solo se diferencia localmente de aquellas en que los aliados son lejanos, y la ley en un convenio, y, como dice Licofrón el sofista, en una garantía de los derechos de unos y otros, pero deja de ser capaz de hacer a los ciudadanos buenos y justos ».

  • «Salvaguardar los derechos de las personas sin hogar es vital.

  • «Tuve la oportunidad de conocer de cerca la falta de garantía de derechos fundamentales como la educación, la sanidad; graves problemas de desnutrición…».

  • «Una cultura de paz es un cuerpo creciente de valores, actitudes, comportamientos y estilos de vida compartidos, basados en la no violencia y el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la comprensión, la tolerancia y la solidaridad, en la coparticipación y la libre circulación de la información, así como en la plena participación y fortalecimiento de la mujer.

  • A los que se sometieron voluntariamente a los musulmanes se les respetaron sus derechos y sus tierras a cambio del pago de los tributos correspondientes.

  • A diferencia de los demás derechos subjetivos, no se extinguen por su falta de ejercicio, transcurrido un determinado período de tiempo (lo que se conoce como prescripción).

  • A veces ocurre que unos cuantos creen que poseen la capacidad de decidir qué hombres son realmente humanos y, de ese modo, niegan derechos, como el de la vida a los no nacidos, a personas que sufren un retraso mental o a los ancianos y débiles.

  • Además de la ley, lo que es derecho, podemos hablar del derecho en sentido subjetivo o, en plural, de los derechos.

  • Además, en sí misma, supone la negación de un derecho natural: la legítima defensa frente a las agresiones ilegítimas a los derechos humanos.

  • Ahora bien, no todo pacifismo logra conseguir su función de protección y prevención de ataques a los derechos humanos.

  • Al principio del año tenían que publicar un edicto ( edicto perpetuo ) en que se establecía la relación de derechos que serían objeto de protección, las reglas relativas a las herencias, la ejecución de sentencias, etc. – Ediles.

  • Aparece dividida en dos partes: en la primera, o parte dogmática, se recoge el catálogo de derechos naturales de la persona o derechos humanos; en la segunda, o parte orgánica, se concretan las competencias y las reglas de funcionamiento de los diferentes organismos del Estado en los que se divide el poder político (Parlamento, Gobierno, etcétera).

  • Así pues, se trata de un tipo especial de derechos subjetivos: son exigibles precisamente porque se derivan de la propia naturaleza humana y no porque una norma jurídica los haya reconocido expresamente.

  • Así que, ¿solo existen los derechos reconocidos por el Estado?

  • Así sucede, por ejemplo, en los trabajos en los que se atenta contra alguno de los derechos fundamentales del ser humano (en la esclavitud, el trabajo infantil o el injustamente remunerado).

  • Así, por ejemplo, forman parte del contenido del bien común una buena red de instituciones hospitalarias; una adecuada organización de la actividad docente que garantice la calidad de la educación y de los profesores, así como la libertad de elegir centro; un completo sistema de seguridad ciudadana, eficaz y, al mismo tiempo, respetuoso con los derechos de la persona, etcétera.

  • Así, los antiguos súbditos del rey se convirtieron en ciudadanos del Estado con derechos civiles y políticos.

  • Así, los Estados democráticos reconocen y tutelan los derechos humanos, y concretan los deberes y derechos de sus ciudadanos en su ordenamiento jurídico.

  • Así, un intocable (la casta más baja, sin apenas derechos) está donde merece estar.

  • Asimismo, no existen más derechos subjetivos que los reconocidos por el Estado.

  • Asumir las obligaciones y los derechos derivados de la Constitución y de los estatutos de autonomía.

  • Asumir los derechos y los deberes derivados de las leyes que rigen la sociedad.

  • Aunque existían seis aspirantes con diversos derechos, las candidaturas fi nales se redujeron a dos de ellos: Fernando de Trastámara (entonces regente de la Corona de Castilla por la minoría de edad del rey, su sobrino) y el conde de Urgel.

  • Cada uno de ellos requiere que la persona que lo ocupa desempeñe ciertas obligaciones y, por lo tanto, que también tenga derechos respecto al resto de las personas que componen esa sociedad concreta.

  • Carecían de derechos políticos –a diferencia de los ciudadanos–, pero tenían derechos civiles –a diferencia de los esclavos–, como el de contraer matrimonio, tener propiedades, etc. También había entre ellos grandes diferencias de fortuna, y una vía fácil de promoción social era enrolarse en las tropas auxiliares del ejército, ya que al licenciarse obtenían la ciudadanía romana.

  • Colabora en el Centro de la Mujer, donde imparte cursos sobre salud y nutrición, y sobre los derechos de la mujer.

  • Como no puede ponerse en duda que la libertad de imprenta es el medio más eficaz que emplean los pretendidos defensores de los derechos de las Naciones para perjudicar a los de los Príncipes, las Altas Partes Contratantes prometen recíprocamente adoptar todas las medidas para suprimirla, no solo en sus propios Estados, sino también en todos los demás de Europa.

  • Como alumnos, disfrutamos de unos derechos, pero al mismo tiempo hemos de cumplir con unos deberes.

  • Cómo un país trata a los más débiles refleja su abordaje de los derechos humanos.

  • Como ya se ha estudiado, los nobles que poseían señoríos en el Antiguo Régimen en general salieron favorecidos por la forma en que se abolió en España el régimen señorial, ya que se apropiaron de tierras sobre las cuales tenían derechos más que dudosos, suponiendo que tuvieran alguno.

  • Completa el texto con los siguientes términos: integral, actitud, positiva, escuela, deberes, derechos.

  • Completa estas frases sobre la conquista de los derechos humanos.

  • Completa la lista siguiente sobre algunos de los derechos humanos.

  • Con el Estado-nación del siglo y la consolidación de la democracia moderna entre finales del siglo y comienzos del siglo, se fueron alcanzando libertades y derechos civiles cada vez más amplios; a esto hay que añadir el hecho de que los ciudadanos tuvieron derecho a participar activamente en el juego político.

  • Con esta concepción, amplió la visión del mundo, hasta entonces circunscrita solo a Europa, y planteó que todas las razas tienen los mismos derechos y deberes, y que existe un derecho natural por el que los seres humanos han de respetarse entre sí.

  • Conocer el origen y el sentido de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

  • Conocer la evolución histórica de los derechos humanos.

  • Conocer las causas que provocan la pobreza, la desigualdad y la violación de los derechos humanos.

  • Consiste en una actitud y en un esfuerzo continuado —personal y social— por contrarrestar las tendencias agresivas tendentes a romper la paz social y a atentar contra los derechos de los demás.

  • De ahí nacen las normas básicas de acción: Si una cultura acepta que determinados seres humanos se deben tratar como objetos (esclavos), que no son sujetos de derechos o que no merecen recibir una educación, podemos afirmar que tal cultura es errónea o inhumana.

  • De ejercicio La legitimidad de origen puede debilitarse e incluso perderse cuando quien detenta el poder abusa de él en perjuicio de la libertad y de los derechos naturales de los ciudadanos.

  • De este modo, la cultura europea se transmitió a regiones remotas, lo que suscitó nuevas cuestiones jurídicas y morales (el derecho de conquista, los derechos de los indígenas, etcétera).

  • De hecho los campesinos fueron los grandes sacri fi cados de las reformas liberales, ya que no se reconocieron sus derechos sobre las tierras señoriales ni se les facilitó el acceso a las propiedades desamortizadas, lo que explica su oposición al régimen y el apoyo de algunos sectores a la causa carlista.

  • De la virtud de la justicia se deducen diversos deberes y derechos.

  • De los diez títulos de la Constitución española, podemos destacar los que hacen referencia a: Los derechos y deberes de los ciudadanos y ciudadanas.

  • De todas las reformas que habían plasmado en leyes las Cortes de Cádiz, s olo con fi rmó la abolición de los derechos jurisdiccionales en los señoríos, que representaban un límite a su poder absoluto.

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos.

  • Del hecho de que el ser humano tenga dignidad se sigue que le correspondan unos derechos humanos que todos han de respetar y que cada uno tiene el deber de custodiar.

  • Del mismo modo, los tribunales de justicia, o el sistema judicial entero, constituyen el conjunto de procedimientos establecidos —normas sociales— que responden a la cuestión de cómo actuar con justicia cuando hay conflictos entre los derechos de los ciudadanos o cuando se incumplen las leyes.

  • Derechos culturales: dieron lugar a toda una legislación social, característica del Estado de bienestar en Europa, que comenzó a garantizar el acceso universal a la educación y a la cultura (derecho a la educación, a la libre investigación, etcétera).

  • Derechos de tercera generación.

  • Derechos políticos: garantizan la participación de los ciudadanos en la vida pública (derecho al sufragio, a la libertad de expresión pública, etcétera).

  • Desde fi nales del siglo xiii hasta mediados del xv, los monarcas aragoneses emprendieron una importante expansión política por el Mediterráneo, haciendo valer ciertos derechos sobre algunos territorios.

  • Detectaremos que, junto a los aspectos positivos, hay muchas situaciones de pobreza y desigualdad que suponen una violación sistemática de los derechos humanos que hemos mencionado tantas veces.

  • Dichos conflictos supusieron una progresiva pérdida de derechos y de poder de estas clases privilegiadas.

  • Durante la República, los plebeyos consiguieron la plena igualdad de derechos.

  • El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

  • El abono, mientras dure la construcción y diez años después, del equivalente de los derechos marcados en el Arancel de Aduanas, y [otros impuestos] que deban satisfacer las primeras materias, efectos elaborados, instrumentos, útiles, máquinas, carruajes, maderas, coke y todo lo que constituye el material fijo y móvil que deba importarse del extranjero, y se aplique exclusivamente a la construcción y explotación del ferrocarril concedido.

  • El criterio fundamental de justicia o legitimidad en la actuación del poder político es el respeto a la dignidad y a los derechos humanos de los ciudadanos.

  • El Defensor del Pueblo: vela para que sean respetados los derechos y las libertades de todos los ciudadanos y para que la Administración del Estado realice correctamente su tarea.

  • El empleo de la fuerza solo sería legítimo para proteger los derechos cuando fracasaran todas las demás vías de negociación.

  • El Estado civil de Locke está limitado por los derechos naturales de los ciudadanos.

  • El Imperio austro-húngaro y el Segundo Reich alemán mantuvieron regímenes autoritarios; Inglaterra y Francia evolucionaron a sistemas más democráticos: se amplió el derecho al sufragio y paulatinamente se extendieron los derechos cívicos y sociales.

  • El libro de texto y las exposiciones de vuestro profesor o profesora os aportarán conocimientos que sustentarán vuestro proyecto y conceptos clave de ciudadanía como éstos: persona, dignidad humana, comunidad, sociedad, convivencia, ley y justicia, vida humana, igualdad-equidad, ecología, bien común, distribución de la riqueza, derechos de la infancia, etc. No bastará con concebir y elaborar un proyecto que os motive.

  • El matrimonio se funda en la igualdad de derechos para ambos sexos, y podrá disolverse por mutuo disenso o a petición de cualquiera de los cónyuges, con alegación en este caso de justa causa [...].

  • El movimiento obrero, aunque dividido entre marxistas y anarquistas, se fortalecía numérica e ideológicamente y adquiría un protagonismo social creciente, en un proceso de lucha constante por la conquista de derechos y unas mejores condiciones de vida de los trabajadores.

  • El Partido Moderado El Partido Moderado (o Liberal Moderado) se identi fi caba con las concepciones del liberalismo doctrinario francés, partidario de la soberanía compartida entre el rey y las Cortes, así como de dotar al monarca de amplios poderes y de limitar los derechos individuales de los ciudadanos.

  • El poder político, para ser legítimo, debe ser justo; es decir, ha de estar orientado al bien común y tiene que respetar los derechos humanos.

  • El primer precedente histórico de los derechos humanos se encuentra en los derechos naturales subjetivos postulados por los autores del humanismo cristiano en los siglos y .

  • El pueblo ejerce la soberanía nacional para defender los deberes y los derechos de todos los ciudadanos y, así, poder garantizar la paz y la convivencia.

  • El pueblo Es el conjunto de las personas que forman parte de un Estado como ciudadanos, con plenitud de derechos políticos.

  • El reconocimiento de nuevos derechos, como el de objeción de conciencia frente al servicio militar obligatorio, o la legalización del aborto, que tras las protestas de la Iglesia y de ciertos sectores sociales que denunciaron la medida como inconstitucional, quedó reducida a solo tres supuestos: peligro grave para la vida o salud de la madre, embarazo por violación y malformaciones del feto.

  • El respeto por los derechos humanos Los derechos humanos constituyen el segundo límite infranqueable por el poder político.

  • El respeto y la promoción de estos derechos representan un objetivo común: todas las personas y los órganos de la sociedad deben esforzarse para que sean una realidad y no solamente una declaración de intenciones.

  • El temor estaba justi fi cado porque Luis XIV obraba como si fuera el rey efectivo de España y, además, había reconocido los derechos sucesorios de Felipe V al trono francés.

  • Empareja cada uno de estos derechos humanos con la generación a la que pertenecen y los valores de los que se ocupan.

  • En consecuencia, la antigua nobleza no resultó perjudicada con la abo- lición de los señoríos, y en algunos casos incluso aumentó su patrimonio al apropiarse de algunas tierras sobre las cuales no tenía derechos claros en el Antiguo Régimen.

  • En ella todas las organizaciones católicas encontraron una carta de derechos sociales, así como la posición de la Iglesia ante las nuevas realidades planteadas por la industrialización.

  • En España existen varios tipos de derechos de propiedad industrial que regula la ley.

  • En este sentido, insistiremos en la importancia que tiene el reconocimiento efectivo de los derechos humanos y analizaremos la democracia como el sistema más adecuado para conseguirlo.

  • En estos casos, el soberano no puede permitir que los súbitos gocen de los derechos del ciudadano sin cumplir sus deberes de súbditos, pues de esta injusticia se derivaría la destrucción de todo el cuerpo político.

  • En estos pueblecitos gozaban de derechos civiles propios, pero no tenían en absoluto las prerrogativas de los esparciatas.

  • En la organización del territorio la Constitución española defiende tres principios básicos: la solidaridad entre todos los territorios del Estado, la igualdad de derechos entre todos los españoles, vivan donde vivan, y la libertad de circular y de establecerse en cualquier lugar del territorio.

  • En la primera declaración del gobierno se reconocían los derechos y libertades fundamentales, así como la legitimidad de los partidos políticos y de las autonomías históricas; se anunciaba la concesión de una amplia amnistía política y la convocatoria de elecciones generales antes de un año.

  • En las constituciones de todos los países democráticos hay un apartado en el cual se enuncian los derechos y deberes fundamentales de sus habitantes.

  • Entender que los derechos y deberes contenidos en la Constitución española constituyen el referente ético común del Estado.

  • Entonces depondré todos mis derechos, y colocaré vuestra gloriosa corona en las sienes de otro Yo mismo, asegurándoos al mismo tiempo una constitución que concilie la santa y saludable autoridad del Soberano con las libertades y los privilegios del pueblo.

  • Entre los personajes que intervinieron en este debate, sobresalieron tres: B Bartolomé de las Casas, fraile dominico y apasionaa d do defensor de los indios, sostenía que estos eran seres libres con plenitud de derechos como súbditos del rey de Castilla; y la colonización solo se podía justi fi car como empresa exclusivamente evangelizadora y siempre que fuera pací fi ca.

  • Entre sus características destacan las siguientes: a Se establecía una avanzada declaración de derechos indivi- duales : derecho de todos los ciudadanos a la participación política; sufragio universal masculino; libertad de imprenta; libertad de culto, aunque la nación se obligaba a mantener el culto y a los ministros de la religión católica; derecho de reunión y de asociación, reconocidos por primera vez y de gran importancia para el desarrollo del movimiento obrero; etc. b Se proclamaba solemnemente la soberanía nacional, resaltando que todos los poderes emanaban de la nación.

  • Eran los ciudadanos libres con plenos derechos, descendían de varias generaciones de espartanos y se llamaban a ellos mismos homoioi (‘iguales’), ya que todos eran iguales ante la ley.

  • Es más, todos los individuos han de defender la sociedad y los derechos —esto es, los intereses— del resto de ciudadanos.

  • Es necesario que la sociedad esté impregnada de unos valores como la justicia, la verdad, la libertad, la honradez, el respeto a los derechos humanos, etc., que guíen la conducta de todos; las personas o las sociedades que ignoran estos valores reducen su vida a alcanzar únicamente el bienestar material, y esto es insuficiente para cualquier persona.

  • Es necesario que todas las leyes de un país respeten estos derechos porque son fundamentales.

  • Es una constante en la predicación de la Iglesia la referencia a la ley natural, la afirmación de que todo hombre es persona y de que tiene, por sí mismo, derechos y deberes que dimanan inmediatamente y al mismo tiempo de su propia naturaleza y que son, por ello, universales e inviolables, y a los que no se puede renunciar.

  • Esa ley natural es fundamental y es la medida por la cual se puede declarar que una ley civil es justa o no. Vitoria, por ejemplo, escribía: «Los indios tienen sus derechos a permanecer en su religión y a que nadie los coaccione físicamente para abrazar una fe distinta», reconociendo así la libertad religiosa, incluso contra las costumbres que se habían implantado en España buscando la unificación del país.

  • Escribe la «Declaración de los derechos y deberes de la clase».

  • Esta peregrina consecuencia puso al descubierto los límites del formalismo jurídico y, con el fin de la Segunda Guerra Mundial, la ONU impulsó el reconocimiento de los derechos humanos como criterios fundamentales de justicia, basados en el derecho natural.

  • Esto no es así, porque cualquier democracia moderna funciona defendiendo unos derechos fundamentales que no son cuestionables.

  • Esto nos conducirá a hablar por primera vez de los derechos humanos.

  • Esto significa que el objetivo del Estado ha de ser la justicia social y que ha de garantizar los derechos y las libertades fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas y su igualdad ante la ley.

  • Estos derechos eran la libertad, la propiedad, la seguridad y la «resistencia a la opresión» (esto es, a los abusos procedentes del poder político).

  • Estos derechos se denominan (...), porque todas las (...) de un país los han de (...).

  • Estos derechos son inalienables, es decir, que son de la persona y nadie puede arrebatárselos.

  • Francisco de Vitoria, apoyado en el concepto tomista de la ley natural, defendió los derechos de los indios en el Nuevo Mundo e introdujo la doctrina del derecho de gentes, precursora del derecho internacional.

  • Fue el resultado del compromiso entre liberales y absolutistas, aunque más favorable a los primeros –se de fi nió una organización liberal del Estado– que a los segundos, a los que se les concedió el total reconocimiento de los derechos de la religión católica.

  • Génesis histórica de los derechos humanos Como se ha indicado, el Estado no crea los derechos humanos, sino que se limita a reconocer su existencia.

  • Gozaban de plenos derechos civiles (a la propiedad, al comercio, al matrimonio, etc.) y se distinguían del resto de la sociedad porque eran los únicos que tenían derechos políticos (de votar, de escoger y ser escogidos para cargos públicos, etc.).

  • Hay que reconocer que la acción del hombre es defectuosa; pero el libre juego de los derechos ciudadanos es un factor de honradez pública.

  • Imprescriptibles Existen al margen de cualquier consenso, por lo que no pueden anularse o dejar de considerarse derechos.

  • Investiga qué sucede actualmente en uno de esos países y cuál es la reacción de los organismos internacionales ante esta conculcación de los derechos humanos.

  • Jurídicamente, los libertos, a pesar de ser libres, eran ciudadanos incompletos, ya que continuaban ligados como clientes a la familia de sus antiguos amos y no tenían derechos políticos.

  • Kant rechazó el derecho de rebelión del pueblo contra el soberano, porque el pacto social no es un acuerdo entre individuos libres que se pueda retirar, sino una idea de la razón que hace que el soberano legisle de acuerdo con la voluntad general; pero el soberano, ante el súbdito, solo tiene derechos y ningún deber que lo limite.

  • La obtención del título de ciudadano romano suponía gozar de numerosos derechos y privilegios, por lo que su concesión se utilizaba como reclamo para facilitar la dominación romana.

  • La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea reconoce a los ciudadanos que pertenecen a ella unos derechos, libertades y principios comunes.

  • La ciudadanía representaba para sus titulares la obtención de plenos derechos civiles y políticos.

  • La constante referencia del cristianismo a la ley y al derecho natural —por los que se declara inviolable un conjunto de principios relacionados con el modo de ser de la naturaleza humana—, lleva a la Iglesia a defender los derechos humanos.

  • La cuestión es de gran relevancia; recordemos que del derecho objetivo, de la ley, se derivan los derechos subjetivos de las personas.

  • La defensa de los derechos humanos y de las libertades públicas corresponde, en primer lugar, al conjunto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y, en su ámbito, la Ertzaintza.

  • La democracia solo es posible cuando los ciudadanos intervienen activamente en el sistema de derechos y deberes propios de este régimen político.

  • La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

  • La expresión derechos humanos se con la obra de T. Paine titulada Rights of man.

  • La filosofía del derecho estudia su fundamento, los derechos y deberes de los ciudadanos y los distintos tipos de justicia.

  • La fundamentación de los derechos humanos.

  • La industria favorecida obtendrá una ventaja; para las demás se agravará o se presentará la crisis; y si se elevan los derechos de todas, la ruina será general e inevitable para productores y consumidores.

  • La intención de establecer límites al poder político para evitar abusos se tradujo en la defensa de los derechos naturales de los ciudadanos.

  • La mayoría de la población se sometió sin resistencia a los nuevos señores y pudo mantener sus propiedades y derechos.

  • La nación está obligada a conservar y proteger con leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen [...].

  • La ONU es una asociación de gobiernos que facilita la cooperación en asuntos como el derecho internacional, la paz y la seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos.

  • La ONU y los derechos humanos.

  • La paz y los derechos humanos El respeto a la ley, a la dignidad y a los derechos de las demás personas, es el fundamento de la paz social.

  • La responsabilidad en su consecución implica también que cada ciudadano exija sus derechos y asuma sus deberes.

  • La sociedad ya no se divide en estamentos cerrados, de fi nidos jurídicamente y con derechos y obligaciones diferentes.

  • La Unión Europea define la exclusión social como «la imposibilidad de gozar de los derechos sociales».

  • La venta se hace difícil, los almacenes se llenan de mercancías sin salida, y preséntase fatalmente la crisis, la cual no puede cesar sino disminuyendo la producción; esto es, haciendo todo lo contrario de la elevación de los derechos protectores que la estimulan artificial y violentamente.

  • Las instituciones vinculan entre sí a los miembros de una sociedad porque establecen entre ellos relaciones definidas de derechos y obligaciones, de responsabilidad o de piedad, etc. El hecho de que todos compartan unas mismas instituciones es lo que fundamenta la unidad del grupo social.

  • Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

  • Lo único que no varió nada para las mujeres romanas fue la falta de derechos políticos; pero en los otros aspectos tendieron a llegar a una igualdad social y jurídica casi total.

  • Los ciudadanos van a tener los mismos derechos y obligaciones ante la ley y la posibilidad de intervenir en los asuntos políticos.

  • Los derechos fundamentales de la persona son inviolables y vinculan a todos los órganos del Estado.

  • Los avances de la ciencia, la tolerancia, la igualdad de derechos, la democracia y el socialismo, que se consideraban signos del progreso en Europa, para él eran evidentes signos de descomposición y debilidad.

  • Los derechos humanos tan sólo reflejan, en un texto legal, la dignidad de toda persona; de hecho, se podría recoger en un solo derecho: todo ser humano debe ser respetado en su dignidad personal .

  • Los derechos naturales son facultades de la persona basadas en la naturaleza humana.

  • Los derechos subjetivos se fundamentan en el derecho objetivo, esto es, en la ley que los ampara.

  • Los derechos subjetivos son facultades reconocidas por la ley que poseen las personas sobre una determinada realidad social.

  • Los dos candidatos con más derechos al trono eran el archiduque Carlos de Austria, de la rama austriaca de los Habsburgo, y Felipe de Anjou, de la casa de Borbón.

  • Los lazos que tejemos unos con otros nos ligan entre nosotros y nos hacen conformar una red de deberes y derechos recíprocos, de responsabilidades compartidas.

  • Los nuevos Estados Unidos de América se dotaron de un sistema político liberal con el fi n de garantizar los derechos naturales de los ciudadanos, la triple división de poderes y el principio de igualdad ante la ley.

  • Los que opusieron resistencia y fueron sometidos por las armas perdieron todos sus derechos, y sus tierras se repartieron entre los conquistadores.

  • Los súbditos de las dos monarquías, en declarando sus mercaderías, pagarán los mismos derechos que pagarían si fuesen de naturales; y esta misma igualdad se observará en cuanto a la libertad de la importación y exportación, sin que deban pagarse de una y otra parte más derechos que los que se perciban de los propios súbditos del soberano, ni ser materias de contrabando para unos las que no lo fuesen para los otros; [...] bien entendido que ninguna otra potencia extranjera gozará en España ni en Francia privilegio alguno más ventajoso que el de las dos naciones [...].

  • Los súbditos de los altos contratantes serán tratados, relativamente al comercio y a las imposiciones en los dominios de cada uno en Europa, como los propios súbditos del país adonde llegasen o residiesen; de suerte que la bandera española gozará en Francia los mismos derechos y prerrogativas que la bandera francesa, así como la bandera francesa será tratada en España con el propio favor que la española.

  • Luce una cresta en el casco y el exomis, una túnica que se podía colocar de modo que dejara el brazo y el hombro derechos al descubierto para poder entablar el combate.

  • Mediante ese pacto, todos o la mayor parte de los individuos acordarían renunciar a sus derechos y libertades naturales, sometiéndose a un poder común, el Estado, que pondría freno a las rivalidades particulares.

  • Mediante la llamada propiedad industrial, se obtienen unos derechos exclusivos sobre creaciones inmateriales que se protegen como verdaderos derechos de propiedad.

  • Muchos países han establecido un catálogo de derechos que protegen a los consumidores.

  • Ningún español que se halle en el pleno goce de sus derechos civiles podrá ser privado del derecho de votar en las elecciones de senadores, diputados a Cortes, diputados provinciales y concejales.

  • No renuncio a ninguno de mis derechos, porque más que míos son depósitos acumulados por la Historia de cuya custodia me han de pedir un día cuenta rigurosa.

  • No tenían ni derechos políticos ni civiles, eran simplemente una propiedad de su dueño.

  • No tenían tantos derechos como los patricios.

  • O sea, que si se pensó en dejar por escrito los derechos inalienables del hombre es porque ya había una gran experiencia acumulada de situaciones en las cuales no se habían respetado nada estos derechos.

  • Observar la forma en la que los derechos se concretan o se vulneran en el mundo actual.

  • Para emitir más CO se deben comprar derechos de emisión a los que emiten menos de lo permitido.

  • Pero a menudo, y en especial en las zonas ya pobladas, el monarca no transfería la totalidad de las propiedades del lugar, sino solo aquellos bienes y derechos que hasta entonces habían correspondido a la corona (las tierras sin dueño, los bosques, los montes, ciertas rentas, etc.), sin modi fi car las propiedades de los vecinos.

  • Pero además el Estado renunciaba en el futuro a cualquier investigación o exigencia de responsabilidades contra «los delitos cometidos [hasta entonces] por los funcionarios públicos contra el ejercicio de los derechos de las personas».

  • Pero ella ya estaba prometida con Turno, quien, para defender sus derechos, declaró la guerra al rey Latino.

  • Pero existe el peligro de degeneración del estado natural si uno o varios hombres vulneran los derechos naturales de los demás.

  • Pero hasta mediados de siglo, además de los obstáculos naturales, contribuía también al aislamiento de los mercados toda una serie de trabas legales heredadas del Antiguo Régimen : el sistema gremial, que controlaba rígidamente en cada ciudad actividades industriales y comerciales; los portazgos o derechos de puertas, que se pagaban por introducir mercancías en una ciudad; los pontazgos, por cruzar un puente; los barcazgos, por usar una barca; los peajes, por utilizar un camino.

  • Pero si el hombre no es sagrado, los derechos humanos son una quimera: propuestas sin base real que nos hemos entregado nosotros mismos.

  • Pero, consciente de los graves problemas y sinsabores que le había ocasionado la persecución del protestantismo en Alemania, decidió liberar a su heredero de esta fuente de conflictos, por lo que cedió a su hermano las posesiones de Austria y, con ellas, los derechos a aspirar a la corona imperial alemana.

  • Pero, consciente de los graves problemas y sinsabores que le había ocasionado la persecución de los protestantes en Alemania, decidió liberar a su hijo de este foco de con fl ictos cediendo a su hermano Fernando las posesiones de Austria y, con ellas, los derechos a aspirar a la corona imperial alemana.

  • Podría tratarse de alguien que trabaje en una ONG, o en alguna agrupación ciudadana que ayude a mujeres maltratadas, a personas desahuciadas... (se pueden tratar los temas de la justicia social, los derechos humanos y la participación de los ciudadanos en el bien común).

  • Por otra parte: Considerando que la necesidad, la razón y la justicia exigen que el antagonismo entre una y otra clase desaparezca, reformando o destruyendo un estado social que tiene sumidos en la más espantosa miseria a los que emplean toda su vida en producir la riqueza que poseen los que en muy poco, o nada, son útiles a la sociedad; que esto no se puede conseguir más que de un solo modo: aboliendo las clases y con ellas los privilegios y las injusticias que actualmente reinan y creando en su lugar colectividades obreras unidas entre sí por la reciprocidad y el interés común; que las transformaciones de la propiedad individual en propiedad social o de la sociedad entera es la base firme y segura en que ha de descansar la emancipación de los trabajadores; que la poderosa palanca con que estos han de remover y destruir los obstáculos que a dicha transformación de la propiedad se opongan ha de ser el Poder político, del cual se vale la clase media para impedir la reivindicación de nuestros derechos.

  • Por afectar a aquellas esferas más íntimas del ser humano, en las que el Estado no debe interferir, también se denominan «derechos fundamentales».

  • Por el contrario, en el Antiguo Régimen existía una rígida división social en estamentos (nobleza, clero y estado llano); los derechos y obligaciones eran distintos para cada uno de ellos, con reconocimiento legal de privilegios a la nobleza y el clero; y la movilidad vertical (posibilidad de ascender o descender en la escala social) era muy escasa o nula.

  • Por eso, algunos exigen que se tenga conciencia de ser personas, para reconocerles dignos y sujetos de derechos.

  • Por eso, asimilar democracia a relativismo significa erosionar cada vez más la importancia de los derechos fundamentales y del sistema democrático de derecho.

  • Por hombre masa entiende aquel que carece de proyecto vital, no se exige, no piensa en mejorar, cree que solo tiene derechos y no obligaciones; en síntesis, conduce una vida mediocre.

  • Por lo mismo, una ley que diferenciara entre los derechos de las personas de una raza o de otra, de uno u otro sexo, sería contraria a los derechos humanos y a la igualdad de oportunidades.

  • Por lo tanto, sin justicia y sin respeto a los derechos de los demás, no puede haber verdadera paz.

  • Por otra parte, determinadas localidades o territorios de un mismo reino podían disfrutar de fueros propios que otorgaban derechos o privilegios especí fi cos a sus habitantes.

  • Pretende ser la herramienta del Estado para el desarrollo de los derechos constitucionales relativos a los derechos de los ciudadanos referidos a la vivienda y al medio ambiente.

  • Proclamación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos La Asamblea General de las Naciones Unidas proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios que están bajo su jurisdicción.

  • Puedes ir a páginas web (como Jamendo) para elegir música libre de derechos con la que editarás el audio de una forma más completa.

  • Puesto que, como hemos visto, la ley o el derecho objetivo es el fundamento de los derechos subjetivos que tienen las personas, de la teoría del derecho natural resulta que existirán: derechos naturales subjetivos, amparados en la ley natural, y derechos positivos subjetivos, garantizados por la ley positiva o ley del Estado.

  • Reconocer los derechos más relevantes de la Declaración Universal de los Derechos Humanos e identificarlos como una conquista de la humanidad.

  • Respeta al otro y sus derechos.

  • Se abandonó la nomenclatura derechos naturales, pero se conservó el concepto y apareció la denominación derechos fundamentales para referirse a aquellos derechos humanos que habían entrado a formar parte de una constitución o declaración internacional.

  • Se puede considerar a Locke padre del liberalismo político, por su defensa de la división de poderes, de la libertad del individuo frente al Estado y de los derechos individuales fundamentales.

  • Se trata de una red de organizaciones humanitarias, de derechos humanos y de desarrollo, que centra sus esfuerzos en asuntos humanitarios y en la ayuda a los refugiados.

  • Ser sincero no quiere decir ser impertinente; reclamar tus derechos no significa iniciar una revolución ni tampoco aceptar una situación injusta.

  • Sería la esencia de lo que quiere expresar la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

  • Si esto fuera así, podríamos afirmar que algunos individuos de la especie humana no son personas y, por tanto, no son sujetos de los derechos humanos, ya que carecerían de la dignidad absoluta propia de las personas.

  • Sin embargo, a lo largo de la historia, quien tenía en sus manos el poder, con frecuencia pretendía decidir qué seres humanos serían sujetos de derechos y cuáles podrían resultar prescindibles.

  • Sin embargo, todos los individuos, independientemente de la clase a la que pertenezcan, se rigen por unas mismas leyes generales; y los derechos y obligaciones (o las penas por su incumplimiento) son, en principio, iguales para todos.

  • Sin embargo, esto cambió en el Los plebeyos amenazaron con abandonar Roma y fundar una ciudad si no se les daban más derechos.

  • Sin embargo, la introducción de la tecnología en el trabajo o la vida humana debe ponderar, además de su utilidad, su adecuación a la persona y a sus derechos fundamentales.

  • Sin justicia no hay respeto a los derechos de los ciudadanos.

  • Sin respeto a sus derechos, los ciudadanos no pueden ser libres.

  • Son derechos, no regalos.

  • Stuart Mill defendió los derechos de la mujer y exigió la igualdad legal de esta.

  • Su padre, don Juan de Borbón, que había sido privado por Franco de sus derechos dinásticos, no renunciaría a ellos en favor de su hijo de forma o fi cial hasta año y medio después.

  • Su interés particular puede hablarle de forma totalmente diferente a como lo hace el interés común; su existencia absoluta y naturalmente independiente puede llevarlo a pensar que lo que debe a la causa común es una contribución gratuita, y que para él es más oneroso el pago que para los demás perjudicial la pérdida y, considerando a la persona moral que forma el Estado como un ser racional puesto que no es un hombre, disfrutaría de los derechos cívicos sin querer cumplir los deberes del súbdito, injusticia que acabaría produciendo la ruina del cuerpo político».

  • Tampoco es una cuestión de los “derechos de la mayoría” contra los “derechos de unos pocos”.

  • Tenían derechos civiles limitados, ya que no podían ser propietarios de bienes inmuebles (casas o tierras) ni casarse con ciudadanas atenienses, y no tenían derechos políticos.

  • Tenían derechos civiles, como los libres, pero el estatuto de liberto no se borraba normalmente hasta la tercera generación, que adquiría ya la libertad plena.

  • Todas las personas son iguales en dignidad y derechos.

  • Todos los derechos humanos son importantes, pero podemos destacar algunos especialmente relevantes: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos.

  • Un siglo después, nació con Hugo Grocio lo que se conoce como iusnaturalismo; este también defendió unos derechos naturales universales, que están por encima de las leyes positivas.

  • Una conquista que se debe mantener El reconocimiento de los derechos humanos es una conquista reciente de la humanidad, aunque éstos no siempre se han respetado, ni en la actualidad se respetan en todas partes.

  • Una de las partes fundamentales de la Constitución es su Título I («De los derechos y deberes fundamentales »), que re fl eja claramente el carácter progresista de algunos de sus redactores, ya que es muy completo y detallado.

  • Universales Todas las personas son titulares de los mismos derechos humanos, independientemente de su raza, sexo, religión u origen étnico, cultura o cualquier otra circunstancia personal o social.

  • Uno de los grandes problemas radicaba en que podían reconocer al mismo tiempo dos derechos dife- rentes sobre una misma tierra: el dominio útil del campesino, que la explotaba y la transmitía a sus herederos; y el dominio eminente del señor, que podía exigir a los campesinos determinados tributos en relación con las tierras que cultivaban.

  • Valorar la diferencia de sexos como un enriquecimiento de la sociedad y la igualdad de derechos entre ellos para reconocer los derechos de la mujer.

  • Valorar la diferencia de sexos como un enriquecimiento de la sociedad y reconocer los derechos de las mujeres.

  • Valorar los derechos humanos como principio ético de conductas personales y sociales.

  • Vuestros Príncipes me han cedido todos sus derechos a la corona de las Españas: Yo no quiero reinar en vuestras provincias; pero quiero adquirir derechos eternos al amor y al reconocimiento de vuestra posteridad.